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Facturación Electrónica ARCA: Qué Cambia en Agosto 2026

Jun 26, 2026 | ARCA, Blog, Facturación

ARCA volvió a mover el calendario. Con la Resolución General 5852/2026 postergó hasta el 1° de agosto de 2026 la entrada en vigencia de los nuevos requisitos de facturación electrónica que iban a regir desde junio. La prórroga llegó porque varias cámaras empresariales avisaron que sus sistemas no estaban listos. No es un respiro: es tiempo extra para llegar en orden. Si tu empresa factura por WebService o todavía depende del viejo esquema de contingencia, esto te toca de lleno.

Qué cambió: la prórroga de la RG 5852/2026

ARCA postergó la vigencia de dos normas clave que iban a aplicarse desde el 1° de junio: la RG 5782 y la RG 5785. Ambas avanzan sobre cómo se autorizan los comprobantes electrónicos y cómo se actúa cuando el sistema de emisión falla. El nuevo plazo es el 1° de agosto de 2026.

La RG 5782 empuja hacia la facturación en línea mediante el uso generalizado del Código de Autorización Electrónico (CAE). La RG 5785 dispone que el procedimiento del CAEA pase a usarse como primera opción de contingencia cuando emitís comprobantes por WebService. En criollo: cambia el orden en que tu sistema pide autorización a ARCA y cómo reacciona ante una caída.

Hay un detalle que muchos pasan por alto: no todo se postergó. Desde el 1° de junio ya rigen dos cambios concretos sobre el CAEA, y conviene tenerlos claros antes de seguir.

Por qué afecta a tu empresa o pyme

Si tu empresa emite facturas electrónicas —y hoy lo hace prácticamente todo el universo de empresas y pymes— el esquema de autorización es el que sostiene tu operación diaria. Cuando ese mecanismo cambia, cambia la forma en que tu software se comunica con ARCA. Un sistema desactualizado puede dejar de emitir comprobantes válidos de un día para el otro.

Lo que ya rige desde junio importa: para usar el CAEA como modalidad de contingencia ya no necesitás pedir adhesión formal previa; alcanza con solicitarlo por WebService cuando lo necesites. Pero en paralelo, ARCA dejó de admitir nuevas adhesiones al CAEA como modalidad principal. Quien no se había sumado al viejo esquema para usarlo de forma habitual, ya no puede hacerlo.

Traducido al negocio: si dependías del CAEA como método principal y todavía no estabas adherido, ese camino se cerró. Y si emitís por WebService, en agosto cambia tu plan de contingencia ante una caída del sistema. Una empresa que no puede facturar es una empresa que no puede cobrar.

El error más común que cometen las empresas ante esto

El error clásico es leer «prórroga» y archivar el tema hasta julio. La postergación no cambia el fondo: los cambios llegan igual, solo que dos meses después. Quien usa el tiempo para revisar su sistema llega tranquilo; quien lo usa para olvidarse, llega corriendo el 31 de julio.

El segundo error es asumir que «esto lo resuelve el sistema solo». La facturación electrónica depende de tu software de gestión, de tu integración con WebService y de la configuración de contingencia. Si usás un sistema de terceros, la pregunta correcta no es «¿me adapto?», sino «¿mi proveedor ya adaptó el sistema y cuándo libera la actualización?«. Esa respuesta hay que tenerla ahora, no en agosto.

No adaptarse a tiempo no es un detalle técnico. Emitir comprobantes que no cumplen los requisitos vigentes expone a la empresa a multas y, en los casos más serios, a clausuras. El comprobante mal emitido se descubre tarde, normalmente cuando ya generó un problema.

Qué deberías hacer ahora

Aprovechá los dos meses con un objetivo concreto: llegar al 1° de agosto sin sorpresas. Primero, identificá cómo factura hoy tu empresa —sistema propio, software de gestión, WebService o portal de ARCA— y qué rol juega el CAEA en tu operación.

Segundo, hablá con tu proveedor de software o con tu equipo de sistemas y confirmá una fecha cierta de actualización. Tercero, revisá tu esquema de contingencia: qué pasa hoy si se cae la conexión con ARCA en medio de una venta. Si la respuesta no es clara, ahí tenés el primer punto a resolver.

Podés verificar la normativa vigente directamente en el sitio oficial de ARCA. Y si querés una mirada que cruce tu forma de facturar con el resto de tu situación impositiva, en Sterba & Asociados trabajamos el tema de manera preventiva, antes de que el calendario apriete.

Preguntas frecuentes

¿La facturación electrónica deja de funcionar el 1° de agosto si no me adapto?

No deja de funcionar de un día para el otro de forma automática, pero a partir de esa fecha rigen los nuevos requisitos de las RG 5782 y 5785. Un sistema desactualizado puede empezar a emitir comprobantes que no cumplen la norma, con el riesgo de multas y clausuras que eso implica. Lo prudente es revisar el sistema antes del plazo.

¿Qué es el CAEA y por qué cambia su uso?

El CAEA es un código de autorización que se usa como mecanismo de contingencia cuando falla la emisión electrónica habitual. Con los cambios, pasa a ser la primera opción de contingencia para quienes emiten por WebService, y ya no se admiten nuevas adhesiones para usarlo como modalidad principal. Cambia cuándo y cómo lo usás.

Mi empresa usa un software de gestión de terceros, ¿tengo que hacer algo?

Sí: confirmar con el proveedor que el sistema ya está adaptado a las RG 5782 y 5785 y cuándo libera la actualización. La responsabilidad de emitir comprobantes válidos es de la empresa, no del proveedor. Conviene tener esa fecha por escrito antes de agosto.

Conclusión

La prórroga de ARCA no cambia el destino, solo la fecha. Los nuevos requisitos de facturación electrónica llegan el 1° de agosto de 2026, y la diferencia entre llegar tranquilo o corriendo se define en estas semanas. Revisar antes evita defenderse después.

Si tu empresa necesita revisar su esquema de facturación electrónica, en Sterba & Asociados podemos ayudarte. Nuestros servicios de asesoramiento fiscal y contabilidad integral están diseñados para que ARCA no te tome por sorpresa. Si querés conversarlo, escribinos desde la sección de contacto.

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