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Información financiera ARCA: qué cambió con la RG 5887

Ago 26, 2026 | ARCA, Blog, Impuestos

Información financiera ARCA: qué cambió con la RG 5887

El 18 de agosto ARCA publicó la Resolución General 5887/2026 y modificó las reglas del régimen de intercambio automático de información sobre cuentas financieras. El cambio no salió en los titulares grandes, pero achica el listado de cuentas que quedaban afuera del reporte y saca a las cuentas sueldo de ese universo.

Aplica a las obligaciones de información del período fiscal 2026 en adelante. Si en tu empresa hay socios, directores o familiares con residencia fiscal fuera de la Argentina, esto ya te involucra.

Qué cambió con la RG 5887/2026

La resolución modifica la RG 4056, que es la norma con la que Argentina implementó el Estándar Común de Reporte (CRS) desarrollado por la OCDE. El CRS obliga a los bancos y entidades financieras locales a identificar a los titulares de cuentas que son residentes fiscales de otros países y a informar sus datos al fisco de esa jurisdicción.

Los cambios concretos son dos. Primero, se redefinen las condiciones para que ciertos instrumentos de inversión colectiva sigan exceptuados: ahora la exclusión queda condicionada a que la institución financiera cumpla íntegramente sus obligaciones de debida diligencia y reporte. Segundo, y más relevante para el día a día, se acortó el listado de cuentas de depósito excluidas del intercambio.

Bajo el esquema anterior, las cuentas sueldo estaban dentro de las cuentas exceptuadas del Anexo III. Con la nueva redacción, esa categoría dejó de incluirlas. Siguen fuera del régimen, cumpliendo condiciones, los fondos de cese laboral de la industria de la construcción, las cajas de ahorro destinadas al pago de planes o programas de ayuda social y la Cuenta Gratuita Universal. Y para que la exclusión opere, los montos deben mantenerse dentro de los límites mensuales que fija la UIF y la entidad no debe detectar inconsistencias entre el perfil del cliente y las operaciones que registra.

Por qué afecta a tu empresa o pyme

La lectura rápida —»esto es un tema de bancos»— es la que más problemas trae. El régimen alcanza a las instituciones financieras, sí, pero el dato que viaja es el de las personas. Y en una pyme argentina esas personas suelen ser el socio, el director, el cónyuge o el hijo que se fue a vivir afuera y quedó con cuentas abiertas acá.

Eliminar la exclusión automática de las cuentas sueldo no significa que todo empleado bancarizado pase a ser reportado. Significa que esa cuenta ya no queda fuera del régimen por definición: si el titular tiene residencia fiscal en otra jurisdicción, la cuenta puede ser reportable y sus datos terminar en la administración tributaria de ese país.

Para una empresa con estructura societaria un poco más compleja —socios en el exterior, un director que trabaja parte del año afuera, un accionista con doble residencia— eso cambia el mapa. La información sobre saldos y movimientos deja de ser algo que se ordena cuando llega la consulta y pasa a ser algo que se transmite sola, todos los años, sin que nadie la pida.

El error más común que cometen las empresas ante esto

El error más frecuente es confundir residencia física con residencia fiscal. Son cosas distintas y se determinan con reglas propias. Alguien puede haberse mudado hace tres años y seguir siendo residente fiscal argentino. Y al revés: alguien puede seguir viniendo seguido y haber perdido la residencia fiscal sin haberla formalizado nunca ante ARCA.

El segundo error es no revisar qué declaró cada titular ante su banco. Las entidades financieras piden una autocertificación de residencia fiscal al abrir la cuenta. Muchas de esas declaraciones se firmaron hace años, sin mirarlas demasiado, y hoy no coinciden con la realidad. Cuando el dato reportado por el banco no cierra con lo que la persona declaró en su país de residencia, la explicación llega después y sale más cara.

El tercero es el más caro de todos: asumir que la información no se cruza. Se cruza. El CRS existe justamente para eso y, como el propio texto de la RG 5887 deja ver, la tendencia de ARCA es a reducir las exclusiones, no a ampliarlas. ARCA cruza datos. El orden evita explicaciones.

Qué deberías hacer ahora

No hay un trámite que hacer ni un vencimiento que cumplir. Hay una revisión que conviene ordenar antes de que cierre el período fiscal 2026.

Empezá por identificar a todas las personas vinculadas a la empresa que puedan tener residencia fiscal fuera de la Argentina: socios, directores, gerentes, apoderados con firma en cuentas societarias, familiares que figuren como cotitulares. Después revisá qué autocertificación de residencia fiscal firmó cada uno ante su entidad y si esa declaración sigue siendo correcta. Si no lo es, corregirla ahora es un trámite; corregirla cuando el dato ya viajó es una discusión.

En paralelo, revisá la consistencia entre lo que esas personas declaran en Argentina —Ganancias, Bienes Personales— y lo que declaran en el exterior. La asesoría fiscal preventiva sirve exactamente para eso: mirar el conjunto antes de que lo mire otro. Y si la estructura societaria quedó armada hace años y ya no refleja cómo funciona la empresa, este es un buen momento para revisarla junto con la contabilidad.

El texto completo de la resolución está publicado en el sitio oficial de ARCA y en el Boletín Oficial del 18 de agosto de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Mi cuenta sueldo va a ser reportada a ARCA?

No es eso lo que cambió. El régimen CRS no reporta a ARCA la información de residentes argentinos: reporta a la administración tributaria del país donde el titular tiene su residencia fiscal. Lo que hizo la RG 5887 fue eliminar la exclusión automática que tenían las cuentas sueldo, de modo que si el titular es residente fiscal de otra jurisdicción, esa cuenta puede quedar alcanzada.

¿Desde cuándo se aplica?

La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, el 18 de agosto de 2026, y resulta aplicable a las obligaciones de información correspondientes al período fiscal 2026 y siguientes. Es decir: los reportes que las entidades preparen sobre este año ya se rigen por las nuevas reglas.

Mi empresa no tiene operaciones en el exterior. ¿Igual me afecta?

Puede afectarte por las personas, no por las operaciones. Si un socio, un director o un titular de cuenta vinculado a la sociedad tiene residencia fiscal en otro país, el régimen aplica sobre esa persona aunque la empresa opere exclusivamente en el mercado interno. Vale la pena revisarlo aunque a primera vista parezca ajeno.

Conclusión

La RG 5887/2026 no cambia un impuesto ni crea una obligación nueva para las empresas. Cambia algo más silencioso y, en el mediano plazo, más determinante: achica el margen de lo que queda fuera del radar. Cada vez menos cuentas están excluidas y cada vez más información se transmite sin intervención de nadie.

En ese escenario, la ventaja no está en reaccionar rápido cuando llega una consulta. Está en tener la información ordenada y consistente antes de que la consulta exista. Revisar antes evita defenderse después.

Si en tu empresa hay socios, directores o titulares con residencia fiscal fuera de la Argentina y nunca se revisó cómo impacta el régimen de información financiera, en Sterba & Asociados podemos ayudarte. Nuestros servicios de asesoramiento fiscal y contabilidad integral están diseñados para que estos cambios no te tomen por sorpresa.

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