Desde el 1° de agosto de 2026, la forma en que muchas empresas argentinas emiten sus facturas electrónicas cambia de manera estructural. La Resolución General 5852/2026 de ARCA postergó —pero no eliminó— la obligatoriedad del Código de Autorización Electrónico (C.A.E.) como método principal de facturación, dejando al C.A.E.A. reservado únicamente para situaciones de falla técnica. Si tu empresa factura mediante WebService, tiene alta frecuencia de emisión o todavía opera con el sistema de autorización anticipada, esto te afecta directamente.
Qué cambió y qué está por cambiar
Todo empieza con las Resoluciones Generales 5782/2025 y 5785/2025, que establecieron el CAE como modalidad única de facturación y limitaron el CAEA a contingencias. El plazo original era el 1° de junio de 2026. Sin embargo, múltiples cámaras empresariales advirtieron que sus sistemas no estarían listos a tiempo, y ARCA extendió el plazo hasta el 1° de agosto mediante la RG 5852/2026.
El cambio igual arrancó en partes. Desde el 1° de junio de 2026 ya no se aceptan nuevas adhesiones al CAEA como modalidad principal. Quien no estaba adherido antes de esa fecha, no puede sumarse ahora. Además, quienes necesiten usar el CAEA como contingencia ya no tienen que hacer una solicitud formal previa: alcanza con pedirlo por WebService en el momento en que hay un problema técnico real.
Desde el 1° de agosto de 2026, el CAE —la autorización en tiempo real, en línea— pasa a ser la única modalidad válida para emitir comprobantes electrónicos de forma habitual. El CAEA queda exclusivamente para fallas del sistema y opera como respaldo de emergencia, no como método cotidiano de facturación.
Por qué afecta a tu empresa
La mayoría de las pymes que facturan desde el portal web de ARCA (mis comprobantes) no necesita hacer nada especial: ya operan con CAE y no tienen CAEA activo. El cambio impacta principalmente a dos perfiles:
Empresas con alto volumen de facturación por WebService: negocios que integran su sistema de gestión o ERP directamente con ARCA para emitir facturas de forma masiva o automatizada. Si el sistema estaba programado para usar CAEA como método habitual, tiene que reprogramarse para usar CAE.
Empresas con operaciones en zonas de conectividad intermitente: almacenes rurales, distribuidoras con camiones, puntos de venta en zonas con señal inestable. Estas empresas usaban el CAEA para emitir facturas sin necesitar conexión en tiempo real. A partir de agosto, ese uso habitual no estará permitido: el CAEA solo va a estar disponible como excepción documentada por falla técnica.
Si no sabés con certeza cómo está configurado tu sistema de facturación, es el momento de revisarlo. El tiempo entre hoy y el 1° de agosto alcanza para hacer los ajustes necesarios, pero no sobra.
El error más común que cometen las empresas ante este tipo de cambios
El error más frecuente es asumir que «si hasta ahora funcionó, va a seguir funcionando». Las modificaciones en el régimen de facturación electrónica no cortan el servicio de inmediato: los comprobantes emitidos con CAEA después de la fecha de corte pueden llegar a ser rechazados o generar inconsistencias en el sistema de ARCA, con consecuencias que aparecen semanas después.
El segundo error es confundir la prórroga con una indefinición. ARCA ya prorrogó una vez y el plazo está fijado en agosto. Las empresas que esperen una segunda prórroga están asumiendo un riesgo innecesario: las normas de base (RG 5782 y 5785) siguen vigentes, solo se corrió la fecha de entrada en vigencia.
El tercero, y quizás el más costoso, es no involucrar al contador ni al proveedor de software a tiempo. Adaptar un sistema de facturación integrado puede tomar semanas entre relevamiento, desarrollo y pruebas. Dejar esto para julio es tarde.
Qué deberías hacer ahora
El primer paso es identificar exactamente cómo emite facturas tu empresa. Si lo hacés desde el portal de ARCA directamente, no hay nada que ajustar. Si tu sistema de gestión emite facturas automáticamente, consultá con tu proveedor de software si usan CAE o CAEA y si ya actualizaron la integración.
El segundo paso es hablar con tu contador. No porque sea un trámite, sino porque la decisión de cómo migrar el sistema impacta en la operatoria diaria. Una empresa con camiones en ruta necesita una solución diferente a una con facturación centralizada en oficina. No existe una respuesta única.
Si tu empresa opera en zonas con conectividad limitada, es momento de revisar si existen soluciones técnicas compatibles con el nuevo marco (conexión 4G de respaldo, sincronización diferida con validación posterior, etc.) antes de que el cambio sea obligatorio.
Finalmente, revisá que tu proveedor de software tenga certificación oficial ante ARCA para la integración por WebService. Los proveedores no certificados pueden generar problemas de autorización que no son evidentes hasta que el sistema falla en producción.
Podés consultar la normativa vigente directamente en el sitio oficial de ARCA: ARCA – Facturación Electrónica.
Preguntas frecuentes
¿El cambio me afecta si facturo desde el portal web de ARCA?
No. Si usás mis comprobantes desde el portal web de ARCA para emitir facturas manualmente, ya estás usando CAE y no hay ningún ajuste que hacer. Los cambios aplican a quienes integran sistemas de software propios con ARCA por WebService o quienes tenían activo el CAEA como modalidad habitual.
¿Qué pasa si sigo usando CAEA después del 1° de agosto?
ARCA puede rechazar los comprobantes emitidos con CAEA fuera de una situación de contingencia documentada. Esto puede generar inconsistencias en tu registro fiscal, inconvenientes con clientes que no puedan validar las facturas, y eventualmente, observaciones en una fiscalización. La exposición es real aunque no sea inmediata.
¿Cómo sé si mi software de gestión usa CAE o CAEA?
Consultá directamente con tu proveedor de software. Pediles que te confirmen por escrito si ya actualizaron la integración con ARCA para cumplir con la RG 5782/2025 y la RG 5785/2025. Si no tienen certeza, es una señal de alerta. Tu contador también puede ayudarte a revisar los comprobantes que tu sistema emite y verificar qué código de autorización están generando.
Conclusión
El cambio en el régimen de facturación electrónica de ARCA no es dramático para la mayoría de las empresas, pero sí requiere atención para quienes operan con sistemas integrados o en condiciones de conectividad limitada. La prórroga hasta agosto fue una concesión técnica, no una señal de que el cambio se va a caer. El CAE como modalidad única ya está decidido: solo se corrió la fecha de implementación.
Si tu empresa necesita revisar cómo está configurado su sistema de facturación o entender si los cambios de ARCA la afectan, en Sterba & Asociados podemos ayudarte con asesoramiento fiscal y contabilidad integral. Nuestro enfoque es preventivo: revisamos antes de que el problema aparezca, no después.
¿Tu empresa está lista para los cambios en facturación electrónica?
En Sterba & Asociados acompañamos a empresas y pymes con criterio profesional y enfoque preventivo. Coordinemos una reunión y revisemos tu situación antes de que llegue agosto.



