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Nuevo Régimen Simplificado de Ganancias: Requisitos y Beneficios (ARCA)

Ene 14, 2026 | ARCA, Ganancias, Impuestos

A través del Capítulo III de la Ley de Inocencia Fiscal, se crea un régimen simplificado y optativo para la presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas.

Principales características del régimen

  • Simplificación en la presentación de la Declaración Jurada de Ganancias a partir de la info que tiene el organismo.
  • Se considera de primera como exactas a las declaraciones juradas de Ganancias e IVA.
  • Si se presenta con la propuesta de ARCA, una vez presentada y pagada la declaración se considera correcta y se libera de verificaciones.
  • Limitación de las facultades de fiscalización de ARCA a casos de discrepancia significativa, definidos por parámetros objetivos.
  • Protección especial para contribuyentes cumplidores o que hayan regularizado activos.

¿Quiénes y en qué condiciones?

Personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, optando por adherir.
Requisitos al 31/12 y los dos ejercicios fiscales (años calendario) anteriores:

  • Ingresos totales anuales: hasta $1.000 millones.
  • Patrimonio total: hasta $10.000 millones.
  • No estar categorizado como Gran Contribuyente Nacional, según criterio de ARCA.
  • Se pueden agregar otros requisitos por resolución, todavía no hay ninguno.
Régimen simplificado de ganancias

Exclusión del régimen

Si ARCA verifica que el contribuyente no cumplía los requisitos, quedará excluido del régimen y el organismo quedará habilitado para:

  • Verificar y/o fiscalizar períodos no prescriptos.
  • Determinar de oficio la materia imponible.
  • Liquidar diferencias de impuestos.
  • Aplicar sanciones, en caso de corresponder.

Efecto liberatorio del pago.

Una vez que ARCA acepta la declaración jurada simplificada y el impuesto es ingresado en término: Se considera cumplida la obligación formal y material del Impuesto a las Ganancias del período.
Este efecto solo se pierde si con posterioridad se detecta:

  • Detectan ingresos que no estaban en la declaración jurada.
  • Cómputo de deducciones que no correspondían.
  • Utilización de facturas u otros comprobantes apócrifos.

Presunción de exactitud

Se presume, sin admitir prueba en contrario, la exactitud de:

  • Las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y del IVA correspondientes a períodos no prescriptos.
  • Se invierte la carga de la prueba. Antes contribuyente debía demostrar la corrección de la declaración jurada, ahora ARCA debe demostrar las diferencias.
  • El contribuyente queda liberado de acciones civiles, penales tributarios, aduaneras y de infracciones administrativas por los períodos alcanzados.

Excepción

Si ARCA impugna la Declaración Jurada simplificada de Ganancias del último período por existir una discrepancia significativa, podrá extender la fiscalización a períodos anteriores.

Qué se considera “discrepancia significativa”

Existe discrepancia significativa cuando se verifica alguno de los siguientes supuestos:
1) Diferencias en impuesto a favor de ARCA o saldos a favor por 15% o mas.
2) Diferencia que supere $100 millones. (Ya juega Régimen Penal Tributario).
3) Uso de facturas u otros documentos apócrifos que generen diferencias no rectificadas ni ingresadas por el contribuyente, con más intereses.
4) NO SE APLICA incremento patrimonial no justificado. Si hay mas bienes ( dinero, vehiculos, inmuebles, etc) no generaría una posible inspección. Ojo, seguramente entren por omisión de ingresos.

Si hay discrepancia significativa se puede extender la verificación a otros años y liquidar nuevas diferencias y multas.

Conclusión

El nuevo régimen constituye una herramienta orientada a incentivar el cumplimiento voluntario, otorgando un efecto liberatorio amplio y una presunción reforzada de exactitud. Al limitar la fiscalización a supuestos de discrepancia significativa, definidos con parámetros objetivos y cuantificables, se busca lograr un equilibrio entre simplificación, seguridad jurídica y control fiscal.
En definitiva, se trata de un esquema que promueve eficiencia administrativa y previsibilidad para los contribuyentes, sin desatender la protección del interés fiscal.
Por otro lado, hay diferencias significativas entre lo comunicado mediante redes y medios de comunicación y la redacción de la ley, que podrían llevar al error. ARCA sigue contando con las facultades de verificar y fiscalizar, es su razón de ser y los funcionarios del organismo deben respetar la ley y resoluciones más allá de comentarios extraoficiales.

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